El fiscal general José Gerez emitió el dictamen sobre el pedido de suspensión de juicio político que impulsó el jefe comunal Juan Carlos Giannttassio (que ya está suspendido).
Luego de repasar los fundamentos y los motivos por los que Giannattasio acude a la justicia para que se disponga la suspensión del proceso de juicio político, Gerez analiza la situación. En su análisis sostiene que una suspensión preventiva “del Intendente, se encuentra dentro de la categoría de las medidas cautelares o precautorias” y recuerda que “en modo alguno constituye una sanción, sino un medio que permite apartar temporariamente al funcionario cuestionado de sus funciones específicas, a efectos de facilitar una mejor investigación de los hechos considerados graves –investigación que podrá desembocar o no, en la aplicación de sanción”.
Y así es que desde esa perspectiva, el planteo de Giannattasio sobre la afectación del derecho a defensa, “no puede ser recepcionado”.
En lo demás, en tanto “la decisión definitiva conlleva un plazo de treinta días y concluido el mismo sin resolución el intendente vuelve a funciones y se le reintegran sus haberes, aparece razonable no interferir en las facultades propias de los municipios paralizando un proceso constitucional”.
Todos los fundamentos del funcionario judicial fueron expresadas en el dictamen, en el que finalmente se dispone rechazar la medida cautelar.