El Concejo Deliberante aprobó la ordenanza hoy
Cuando la ordenanza sea promulgada, los vecinos que tengan una única vivienda pagarán 140 pesos. Pero habrá otros montos para comerciantes e instituciones. También se creó una tarifa social.
La norma creó una tasa por servicio, producción y distribución de agua potable para uso doméstico, comercial, e industrial destinada para bebida e higiene.
Estas son las categorizaciones:
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a) doméstico por mes y por unidad familiar : 4 Unidades Tributarias (140 pesos)
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b) doméstico para edificio de departamento o más de una unidad familiar en un mismo lote 4 UT 140 mensuales por departamento)
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c) con piscina 10 UT mensuales (350 pesos)
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d) para uso comercial, que el agua no participa en la actividad (350 pesos)
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e) uso comercial como elemento indispensable para ejercer la actividad 100 UT mensuales (3500 pesos)
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f) hoteles, alojamientos 175 pesos por habitación o unidad habitacional, mensuales.
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g) industrias, estaciones de servicio, comercios, supermercados y grandes comercios de más de 400 metros cuadrados 50 UT mensuales 1750 pesos
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h) instituciones públicas 50 UT, 1750 pesos
Todos los montos son finales con IVA incluido. Se considera unidad familiar a los propietarios o usuarios de inmuebles, ubicados en un lote.
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Los usuarios incluidos en las categorías b, c, d, e, g y h deberán instalar un medidor en el futuro para conectarse a la red un medidor de caudales, según las especificaciones técnicas que determine el municipio y la adquisición y colocación serán a cargo del usuario previa autorización.
Los usuarios domiciliarios podrán solicitar la instalación del medidor. Cuando se rompa el medidor se procederá a facturar el consumo máximo declarado.
La tarifa social implicará un 50% de descuento, es decir pagarán 70 pesos. Será para usuarios jubilados y pensionados con haberes mínimos, titulares de programas sociales, nacionales, provinciales o municipales, monotributistas sociales, trabajadores incorporados en el régimen especial para el servicio doméstico, beneficiarios de seguro de desempleo, personas con certificado de discapacidad.
Quedan exceptuados del pago las organizaciones sin fines de lucro que sean organizaciones no gubernamentales.