Desde la escuela cabecera N° 49, situada en el barrio Centenario de Plaza Huincul se compartió la información.
El período de inscripción será desde el 1 al 30 de junio de 2018 y es para: Interinatos y Suplencias 2.019 de todos los cargos del Nivel Inicial y Primario y las modalidades Artística, Educación Física, Educación Especial, Escuelas Albergues, Escuelas de Jornada Extendida y Domiciliario y Hospitalario.
Además, para los Interinatos y Suplencias cargos directivos (Resolución Nº 1623/01) y (Resolución N° 831/15. Y para los Interinatos y Suplencias cargos directivos Albergues (Resolución Nº 776/03) Listado Provincial. Y secretaría de Escuela Cabecera (Resolución Nº 964/06) Artículo 11°. Se indicó que los aspirantes podrán realizar el trámite de inscripción en cualquier Escuela Cabecera de la Provincia considerando las nuevas planillas de inscripción.
Recordaron que es “responsabilidad indelegable del docente que se inscribe” cumplir correctamente y en término las inscripciones; leer con detenimiento las Convocatorias e Instructivos; verificar su lugar en los listados y puntajes en las fechas establecidas para el período de reclamo.
Se informó que durante el mes de Junio, por razones de espacio y organización, no se podrá consultar los legajos en Junta de Clasificación.
Y los docentes que envíen notas a esta Junta deben especificar: nombre y apellido completo; Nº de DNI; Nº de Empleado; situación de Revista (Titular o Nº de Legajo); y los aspirantes que se inscriban, que posean horas titulares en Nivel Medio, deberán declararlas, especificando la cantidad.
La ficha de inscripción será confeccionada con carácter de Declaración Jurada, en letra legible, sin raspaduras ni enmiendas. Se debe indicar en la columna correspondiente el número de la escuela cabecera seleccionada. Y no utilizar números romanos.
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Los aspirantes deberán utilizar las fichas de inscripción que figuran en la página Web (www.neuquen.edu.ar) Junta Primaria: Formulario: “FORMULARIO INTERINATOS Y/O SUPLENCIAS”
Los docentes que cumplimenten erróneamente la ficha de inscripción, citen más de dos cabeceras, falseen algún dato u omitan firmar la misma, no serán tenidos en cuenta para su clasificación.
Y hay que tener en cuenta que la edad máxima para apertura de legajo es de 45 años, en caso de excederse de esa edad el docente deberá acreditar antigüedad en la docencia de tantos años como se haya excedido de la misma.