Desde provincia anunciaron hoy, a través de un comunicado oficial, que el uso de barbijo o tapaboca comenzará a ser optativo en todo Neuquén.
“Establézcase el uso optativo y voluntario del barbijo o tapabocas en espacios compartidos, sean éstos cerrados o abiertos, en todo el territorio provincial. La decisión en caso de personas menores de edad reposa en sus progenitores, tutores o adultos responsables”.
Esta decisión deja atrás a una de las medidas de prevención que se implementó en las primeras semanas de la llegada de la pandemia por coronavirus al país, a comienzo del mes de marzo del 2020. Dos años después en la provincia se determinó que ya no será obligatorio.
Comerciantes de Cutral Co hablaron de esta nueva disposición y en su mayoría optaron por continuar con el uso de los barbijos dándole la opción a los clientes de elegir usarlos o no.
En farmacia Vital el uso de barbijo se seguirá implementando en los trabajadores y pondrán un cartel aconsejando a los ciudadanos de ambas ciudades que se siga usando el tapabocas.
En cuanto a los comercios gastronómicos la implementación podría ser distinta ya que al trabajar con alimentos, en algunos casos crudos, hay más riesgo de contaminación. En este caso el uso de barbijo podría continuar siendo obligatorio para los clientes.
En el caso de la librería Dorial, el dueño, Alejandro comentó que el personal va a seguir trabajando con tapabocas pero le darán la opción a los clientes de elegir usarlos o no.”Vamos a seguir manteniendo lo que es el protocolo, vamos a tener ventilado todo el invierno” dijo Alejandro y aseguró que se seguirá respetando el distanciamiento y la capacidad de ingreso, entre 4 y 6 personas.
RESOLUCIÓN N° 12/2022-MJG
EL MINISTRO JEFE DE GABINETE
RESUELVE:
Artículo 1º: Establézcase el uso optativo y voluntario del barbijo o tapabocas en espacios compartidos, sean éstos cerrados o abiertos, en todo el territorio provincial. La decisión en caso de personas
menores de edad reposa en sus progenitores, tutores o adultos responsables.
La presente medida es de aplicación en locales comerciales, gastronómicos y turísticos, salones de
eventos y fiestas, discotecas, templos religiosos y lugares de culto, medios de transporte público, clubes
y asociaciones deportivas, gimnasios y afines, salas de juego y casinos, cines, teatros, bibliotecas, museos y actos o eventos oficiales, así como también en las oficinas de la Administración Pública Provincial
Centralizada y Descentralizada, Empresas y Entes del Estado Provincial.
Artículo 2º: Recomiéndase el uso de tapabocas en lugares cerrados a toda la ciudadanía y especialmente a aquellas personas mayores de 60 años, o quienes tengan enfermedades preexistentes o no hayan completado el esquema de vacunación contra el coronavirus (COVID-19), a fin de proteger la salud pública y colaborar con el esfuerzo colectivo de inmunización provincial ante el COVID-19. Asimismo, Recomiéndase el lavado frecuente de manos, la ventilación cruzada y permanente de
espacios cerrados, la vacunación con esquema completo y la higiene frecuente de elementos y espacios de uso comunitario.
Artículo 3º: Establézcase que la presente medida podrá ser dejada sin efecto, en caso que la situación epidemiológica de la Provincia así lo indique.
Artículo 4º: Establézcase que la presente norma entrará en vigencia a partir del día 29 de marzo de 2022.
Artículo 5°: Invítese a los Municipios y Comisiones de Fomento a colaborar en la instrumentación de esta medida en el ámbito de sus respectivos ejidos y competencias.
Artículo 6°: Comuníquese, publíquese, dese intervención al Boletín Oficial y Archívese.