Hoy el tribunal colegiado a cargo de la audiencia resolvió imponer la pena de 8 años de prisión de efectivo cumplimiento de E.G.Z, declarado responsable por abusar sexualmente de un niño perteneciente a su entorno familiar.
En una audiencia de determinación de la pena realizada ayer, la fiscal del caso Gabriela Macaya junto al asistente letrado Federico Cuneo solicitó que el acusado sea declarado responsable y condenado a la pena de 10 años y 6 meses de prisión de efectivo cumplimiento.
En febrero de este año un tribunal declaró por unanimidad la responsabilidad penal del imputado por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo (artículo 119, tercer y cuarto párrafo, inciso b, del Código Penal).
Durante la audiencia la fiscal señaló que al momento de imponer una pena debe prevalecer siempre el interés superior del niño. Y que en ese sentido deben valorarse los agravantes, entre los que mencionó el grave daño sufrido, las secuelas que generó en el niño y el miedo en su vida cotidiana. Por último indicó que el único atenuante que se puede valorar es que el imputado no posee antecedentes penales.
La querella institucional, representada por la defensoría de Niñez y Adolescencia, y la querella particular, adhirieron al pedido de la fiscalía.
La teoría del caso que acreditó el Ministerio Público Fiscal es que el abuso se produjo una noche ubicable entre febrero de 2019 y marzo de 2020, en la que la víctima, que pertenece al entorno cercano del condenado, se quedó a dormir en su casa, ubicado en la ciudad de Cutral Co.