Según la ley nacional que normalizó el empleado doméstico, se determinó que el 3 de abril es día no laborable. Si los empleadores requieren de sus servicios deben pagar el día doble.
Muy pocas empleadas domésticas conocen su beneficio ya que la mayoría de ellas trabaja en negro y probablemente no estén en condiciones de exigir el feriado, pero deben conocer que es un derecho adquirido. El Ministerio de Trabajo informó que el día no laborable está en vigencia. “A través de la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares N° 3, del 29 de octubre de 2015, se fijó el día 3 de abril como “Día del Personal de Casas Particulares”. Este día es considerado no laborable, sin pérdida de la remuneración. En caso de que el personal prestare tareas en dicho día festivo, su remuneración se incrementa con un recargo equivalente al 100% del salario diario”, informan en la página web.
Se eligió este día porque se promulgó la ley nacional que reglamenta el trabajo doméstico, que le permitió a estas trabajadoras acceder a beneficios sociales, atención médica y jubilación, lo que parecía imposible años atrás.