Está en vigencia la ley 27.159 de muerte súbita y sistema de prevención integral. En la comarca petrolera, la Fundación Salud para Todos otorgó en comodato el dispositivo necesario en el banco Credicoop y para el club Dinos pero todos los sitios con atención al público debieran contar con estos aparatos.
Tal como este medio ya informó, la sede del banco Credicoop y el Club Dinos son las primeras entidades a las que la Fundación Salud Para Todos, dio en comodato un DEA – Desfribilador Externo Automático- y con la correspondiente capacitación, a cargo del médico Martín Sapag.
La norma nacional, sancionada en julio de 2015, busca la regulación de un “sistema de prevención integral de eventos por muerte súbita en espacios públicos y privados de acceso público a fin de reducir la morbimortalidad súbita de origen cardiovascular”.
Es por esta razón que se considera a la resucitación cardiopulmonar (RCP) a las maniobras que se llevan a cabo sobre una persona en caso de detención de la circulación de su sangre y que están destinadas a la oxigenación inmediata de los órganos vitales; a la “Desfibrilación” maniobras de RCP a las que se le incluye un desfibrilador externo automático —DEA—; y también al “Desfibrilador externo automático” —DEA—: dispositivo electrónico portátil con capacidad para diagnosticar fibrilación ventricular o taquicardia ventricular, y en su caso, emitir la señal de alerta para la aplicación de una descarga eléctrica que restablezca el ritmo cardíaco normal.
Se estipuló que deben estar en “espacios públicos y privados de acceso público”. Esto es lugares públicos y sedes de lugares privados, cuyo volumen de tránsito y permanencia de personas se determinará de conformidad a lo que disponga la autoridad de aplicación en coordinación con las jurisdicciones.
Mientras que los “Lugares cardioasistidos” son esos espacios que disponen de los elementos necesarios para asistir a una persona en los primeros minutos tras un paro cardíaco. En este caso, la sede bancaria mencionada y el club deportivo.
Y además, se fija que la “cadena de supervivencia” es el conjunto de acciones sucesivas y coordinadas que permiten aumentar la posibilidad de sobrevivir de la persona que es víctima de eventos que puedan causar la muerte súbita.